Trabajo Práctico
N°6
VI.
Profundos cambios han tenido lugar en cuanto al derecho del mar en el
transcurso de las últimas décadas, cambios que han supuesto profundas
modificaciones en cuanto el régimen jurídico por el que a lo largo del tiempo
se ha regido el acceso de los océanos y a sus diferentes usos.
¿Cómo
han evolucionado históricamente estos derechos? ¿Cuáles son los factores que
crearon las condiciones para esta evolución? ¿Qué características tiene la
jurisdicción que ejercen los Estados en zonas marítimas y costeras? ¿Cómo se
definen las fronteras marítimas? ¿A qué se hace referencia al hablar del océano
como patrimonio común dela humanidad?
Las profundas modificaciones que ha experimentado el
derecho del mar en su historia reciente se ha producido a impulsos de un doble
proceso:
*Las iniciativas individuales de los estados grupos de estado y las acciones auspiciadas
por instituciones internacionales representativas de la comunidad de naciones.
Estas últimas han tenido como máxima
expresión las tres conferencias de naciones unidas hasta ahora celebradas
(1958, 1960, 1973,1982).
Se han tratado de crear reglas comunes donde los
intereses individuales queden satisfechos para cada país por igual. Esto no es
fácil porque cada país aboga por sus propios intereses sin pensar en los demás.
Sucede que históricamente el derecho del mar giro en
torno a una doctrina contra puesta de libertad y dominio: Mare liberum y Mare
clausum.
La libertad de navegación y de pesca era una respuesta
a la idea de adueñarse de ella de España y Portugal.
Gran Bretaña y Francia militaban la misma idea, y
hacia las grandes potencias coloniales disputaban el dominio del libre manejo
del mar.
En el siglo xx se ha construido una estructura
jurisdiccional en la cual se articulan dominios territoriales vinculados al
estado: las aguas interiores, el mar territorial y la zona contigua, la zona
económica, exclusiva y la plataforma continental, Altamar y la zona declarada
patrimonio común de la humanidad.
La situación geográfica de cada país es diferente una
de otra y se generan conflictos.
Mientras en el pasado solo un reducido número de
países estaban capacitados para el uso y explotación de océanos, actualmente
esto se ha multiplicado por países en vía de desarrollo que va a la cabeza de
los países pesqueros.
Factores que favorecen esta situación de evolución
sobre el mar: la tecnología, la política y la economía.
La estructura del territorio marino con arreglo (1982)
ha consolidado al estado nacional como la base territorial a partir de la cual
se definen y delimitan los distintos ámbitos jurisdiccionales, con excepción de
la altamar, y aquellos espacios situados lejos de la jurisdicción nacional.
La línea de costa de los estados ribereños es el
inicio, la línea base a partir de la cual se originan las aguas interiores, el
mar territorial y la zona contigua zona económica exclusiva y la plataforma
continental .Consideremos que cada país ribereño posee sus propias
características.
El derecho de la delimitación marítima es una
expresión comúnmente empleada por varios internacionalistas, la fijación de los
límites jurisdiccionales y derechos marítimos genere discordia entre países.